martes, 22 de enero de 2008

Organismos que convaten el terrorismo



ORGANISMOS QUE COMBATEN EL TERRORISMO

INTERPOL


Entre los fines de Interpol figura fomentar la cooperación policial en todos los asuntos de delincuencia internacional salvo los que revisten un carácter político, militar, religioso o racial. Los actos terroristas que son de tipo delictivo constituyen una grave amenaza para la vida y la libertad de las personas y la seguridad nacional de los Estados miembros.
El papel de Interpol es doble, consiste en prevenir los actos de terrorismo internacional y, en el caso en que lleguen a cometerse, asegurarse de que sus autores sean localizados, detenidos y llevados ante los tribunales.
Interpol está entregada a la detección y la prevención de los actos terroristas,
trabajo que lleva a cabo intercambiando información con sus 181 países miembros por medio de su sistema de mensajería protegido y reuniendo a especialistas para que profundicen sobre este tema.
Interpol recoge, registra, analiza y difunde información sobre personas y grupos sospechosos, y sobre sus actividades. La información proviene de los países miembros, así como de
fuentes públicas de información, que también consulta. Es importante destacar que toda la información relacionada con el terrorismo se tiene que comunicar de forma sistemática, rápida y precisa. La veracidad y la rapidez de la información suele ser directamente proporcional a su utilidad para los funcionarios especializados que trabajan en la Subdirección de Seguridad Pública y Terrorismo de Interpol, que se encargan de evaluar las amenazas y publicar avisos y alertas usando herramientas específicas de Interpol, como las difusiones rojas y azules.
Para ayudar a los países miembros a informar sobre los individuos sospechosos, Interpol ha publicado una serie de guías prácticas sobre el tipo de información que se necesita, como es la
descripción de las personas o los grupos sospechosos, sus formas de actuar, las pruebas recogidas en el lugar de los hechos y el uso de nuevas tecnologías por parte de los grupos terroristas. Los países miembros también tienen que informar sobre otros delitos que puedan estar vinculados con el terrorismo, tales como el tráfico de armas, el blanqueo de capitales, la falsificación de documentos de viaje y de identidad, y los decomisos de material nuclear, químico y biológico.
Aparte de este trabajo esencial de elaboración de información estratégica, Interpol también insta a sus países miembros a que intervengan a
escala nacional supervisando las transacciones financieras sospechosas relacionadas con las actividades de los terroristas, con objeto de congelar sus bienes y poner trabas a la financiación del terrorismo.
Inmediatamente después de la comisión de un acto terrorista los países miembros deben enviar a Interpol una descripción completa del tipo de incidente. A continuación tienen que comunicar a Interpol todas las novedades que se vayan produciendo en la
investigación: los datos sobre las personas detenidas o acusadas en relación con el acto terrorista, o que se sospecha están relacionadas con tal acto, y sobre la organización en cuyo nombre se ha llevado a cabo el atentado.
En cuanto haya recibido todos los datos sobre los sospechosos, Interpol puede publicar al instante difusiones internacionales sobre los terroristas en fuga cuya detención hayan solicitado los países miembros. Interpol también ofrece otros muchos servicios de apoyo, como pueden ser los siguientes:
Unidad de
análisis, con una posición privilegiada para descubrir desde un punto de vista mundial los vínculos entre distintas actividades delictivas.
Posibilidad de identificación dactilar
electrónica de los sospechosos.
Una
base de datos sobre documentos de identidad robados y falsificados.
Conocimientos sobre blanqueo de capitales.
Unidad de Identificación de Víctimas de Catástrofes, con su amplia red de especialistas internacionales y laboratorios.
La investigación principal sobre los atentados terroristas compete a las respectivas autoridades policiales de los países afectados. Pero hay gran cantidad de pistas e indicios repartidos por todo el mundo, razón por la cual los países miembros de Interpol participan activamente en la dimensión internacional de la investigación.
En 2002 la Secretaría General de Interpol creó el Grupo Mixto Especializado de Interpol con miras a diseñar y aplicar una
metodología multidisciplinar para ayudar a los países miembros en sus investigaciones vinculadas con el terrorismo. A menudo resulta difícil determinar las relaciones exactas entre la delincuencia organizada y las organizaciones terroristas. Se sospecha que muchos de los atentados terroristas realizados en todo el mundo están financiados mediante actividades de delincuencia organizada, entre las que figuran el tráfico de drogas, el blanqueo de capitales y otras formas de delincuencia económica y financiera, la extorsión, el robo a mano armada, los secuestros, el cobro de impuestos revolucionarios y el tráfico de armas. El Grupo Mixto Especializado se ha creado para desarrollar la capacidad de Interpol en este terreno con objeto de mejorar y ampliar el papel de la Organización en materia de detección y desarticulación de organizaciones delictivas y terroristas.
Habida cuenta de la tendencia hacia unos atentados terroristas cada vez más destructivos en la región, en la Conferencia Regional Asiática de 2002, celebrada en Sri Lanka, los países miembros apoyaron enérgicamente la creación de un nuevo
proyecto sobre el terrorismo en el Sureste asiático. El proyecto Pacific tiene fines y objetivos de carácter preventivo y operativo, y reúne a especialistas muy importantes para que intercambien información relacionada con el terrorismo, introduzcan esta información en la base de datos de Interpol a fin de analizarla y utilizarla, y asimismo para animar a los países miembros a que soliciten la publicación de difusiones rojas y de mensajes de difusión que den lugar a detenciones y extradiciones.

Grupo de Acción contra el Terrorismo (GACT)


El poderoso Grupo G-8, que engloba a los países más desarrollados y ricos del mundo, acordó por unanimidad la creación del Grupo de Acción contra el Terrorismo (GACT) y sus miembros pusieron fin a su desacuerdo con Estados Unidos y Gran Bretaña sobre la guerra de Irak, durante la cumbre de dos días -2 y 3 de junio- celebrada en la ciudad francesa de Evian.
El GACT "reforzará las capacidades de lucha contra esta grave amenaza a escala internacional", tras haber promovido su creación Estados Unidos, la principal víctima de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York y Washington a cargo de terroristas dirigidos por Osama Ben Laden, que hicieron estrellar aviones contra las "Torres Gemelas" y la sede del Pentágono (ministerio de Defensa norteamericano).
El grupo de acción contra una de las peores plagas que existe en el mundo, según la declaración del G-8, "estará encargado de reforzar la voluntad política y coordinar la ayuda al fortalecimiento de las capacidades institucionales". También acordó que otros Estados, principalmente donantes, serán invitados para asociarse al GACT.
Los países miembros del GACT aportarán financiamiento, asesoramiento técnico y posibilidades de formación para que el Grupo pueda cumplir adecuadamente con sus objetivos. Este grupo de acción nacerá con un buen apoyo, pues en la Cumbre de Sharm el Sheij (Egipto), se respaldó la lucha mundial contra el terrorismo –con la aprobación de Israel y la Autoridad Nacional Palestina- y, además, a la "hoja de ruta", que permitirá la creación de un Estado Palestino en 2005 y servirá para establecer la paz en el Medio Oriente, una de las regiones más afectadas por la acción terrorista.


Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI)


El Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI) fue creado por el Grupo de los Siete Países más Industrializados (G-7) durante la cumbre que tuvo lugar en París en 1989. El principal objetivo del GAFI es el estudio y la búsqueda de medidas destinadas a combatir el blanqueo de capitales. La Secretaría del GAFI está ubicada en la sede de la OCDE en París.
En un Plenario extraordinario sobre la Financiación del Terrorismo, realizado en Washington, D.C. el 29 y 30 de octubre de 2001, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) amplió su misión más allá del
lavado de dinero. A partir de ahora dedicará su energía y experiencia al esfuerzo mundial para combatir la financiación del terrorismo. Hoy el GAFI ha emitido nuevos estándares internacionales para combatir la financiación del terrorismo que exhortamos a todos los países del mundo a adoptar y a implantar. La implantación de estas Recomendaciones Especiales impedirá que los terroristas y quienes los apoyan accedan al sistema financiero internacional.
Durante este Pleno extraordinario, el GAFI aprobó un conjunto de Recomendaciones Especiales sobre Financiación del Terrorismo que compromete a sus miembros a:
Tomar inmediatos recaudos para ratificar e implantar los pertinentes instrumentos emitidos por la Organización de Naciones Unidas.
Sancionar penalmente la financiación del terrorismo, los actos terroristas y las organizaciones terroristas.
Congelar y confiscar los activos de los terroristas.
Informar las transacciones que se sospeche estén relacionadas con el terrorismo.
Proporcionar el más amplio rango posible de asistencia a las autoridades regulatorias y de cumplimiento de la
ley de otros países para investigaciones sobre financiación del terrorismo.
Imponer requisitos contra el lavado de
dinero sobre sistemas alternativos de remesas de dinero.
Hacer más severas las
normas sobre identificación del cliente en las transferencias telegráficas de dinero internacionales y domésticas.
Asegurarse que las entidades, en particular las organizaciones sin fines de lucro, no puedan ser utilizadas indebidamente para financiar el terrorismo.
Con el propósito de asegurar la rápida y efectiva implantación de estos nuevos estándares, el GAFI aprobó el siguiente
Plan de Acción:
Antes del 31 de diciembre, auto
evaluación de todos los miembros del GAFI frente a las Recomendaciones Especiales. Esto deberá comprender el compromiso de quedar encuadrados dentro de las Recomendaciones Especiales antes de junio de 2002 como también el establecimiento de planes de acción para la implantación de las Recomendaciones que todavía no se encuentren en vigencia. Todos los países del mundo serán invitados a participar en los mismos términos que los miembros del GAFI.
Antes de febrero de 2002, el
desarrollo de lineamientos adicionales para las entidades financieras acerca de las técnicas y mecanismos usados en la financiación del terrorismo.
En junio de 2002, el inicio de un
proceso de identificación de jurisdicciones que no cuenten con apropiadas disposiciones para combatir la financiación del terrorismo y discusión de los próximos pasos, entre los que se contemple la posibilidad de contramedidas para las jurisdicciones que no combaten la financiación del terrorismo.
Publicación regular, por parte de sus miembros, del importe de los activos supuestamente terroristas que se hayan congelado, en concordancia con las pertinentes resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
La provisión, por parte de los miembros del GAFI, de asistencia Técnica a los no miembros, si fuera necesario, para ayudarlos a cumplir las Recomendaciones Especiales.
Al impulsar su Plan de Acción contra la financiación del terrorismo, el GAFI intensificará su cooperación en los cuerpos regionales de
naturaleza similar y las organizaciones y cuerpos internaciones tales como Naciones Unidas, el Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera, el G-20 e instituciones financieras internacionales que apoyan y contribuyen al esfuerzo internacional contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. El GAFI también decidió tomar en cuenta las Recomendaciones Especiales a manera de revisión de las 40 Recomendaciones acerca de Lavado de Dinero e intensificar su trabajo respecto de vehículos corporativos, bancos corresponsales, identificación de titulares beneficiarios de cuentas y regulación de instituciones financieras no bancarias.

1.1 Recomendaciones Especiales del GAFI acerca de la Financiación del Terrorismo:


Ratificación e implantación de los instrumentos de la ONU
Cada país deberá adoptar medidas de inmediato para ratificar e implantar plenamente la Convención Internacional 1999 de Naciones Unidas para la Supresión de la Financiación del Terrorismo. Los países también deberán implantar en forma inmediata las resoluciones de Naciones Unidas relativas a la prevención y supresión de la financiación de actos terroristas, en particular la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
Penalizar la Financiación del terrorismo y el lavado de dinero asociado a ello.
Cada país deberá establecer penas sobre la financiación del terrorismo, los actos terroristas y las organizaciones terroristas. Los países deberán asegurarse de que tales delitos sean establecidos como derivados del lavado de dinero.
Congelación y confiscación de activos terroristas
Cada país deberá adoptar medidas para congelar sin dilación los fondos u otros bienes de los terroristas, de quienes financian el terrorismo y de las organizaciones terroristas, conforme a las resoluciones de Naciones Unidas relativas a la prevención y supresión de la financiación de los actos terroristas.
Cada país deberá, también, adoptar e implantar medidas entre ellas las de carácter legislativo que faculten a las autoridades competentes a secuestrar y confiscar bienes que sean resultado de la financiación del terrorismo, de actos terroristas o de organizaciones terroristas o que se hayan usado, se haya intentado usar o se hayan destinado a ser usados con tales fines.
Informe de transacciones sospechosas relacionadas con el terrorismo
Si las instituciones financieras u otras unidades de
negocios o entidades sujetas a obligaciones anti-lavado de dinero sospechan o tienen razonables motivos para sospechar que existen fondos vinculados o relacionados con el terrorismo, actos terroristas u o organizaciones terroristas o con el fin de ser usados en ello, tales entidades deberán informar sin demora sus sospechas a las autoridades competentes.
Cooperación Internacional
Con fundamento en un tratado, arreglo u otro mecanismo destinado a asistencia legal mutua o intercambio de información, cada país deberá proporcionar a otro país la más amplia asistencia posible en conexión con disposiciones legales civiles o penales, investigaciones administrativas, averiguaciones y
procedimientos relacionados con la financiación del terrorismo, actos terroristas y organizaciones terroristas.
Los países deberán adoptar, también todas las medidas posibles para asegurar que ellos no van a proporcionar refugios
seguros a los individuos acusados de financiar el terrorismo, actos terroristas u organizaciones terroristas y deberán contar con procedimientos legales en vigencia para extraditar a tales individuos cuando sea posible.
Remesas de dinero alternativas
Cada país deberá tomar medidas para asegurar que las personas o las entidades entre ellas los agentes que proveen servicios para la transmisión de dinero o
valores, incluida la transmisión mediante un sistema o red informal de transferencia de valores o de dinero, deban contar con una licencia o deban ser registradas y sometidas a todas las Recomendaciones del GAFI aplicables a los bancos y las instituciones bancarias no financieras. Cada país deberá asegurar que las personas o las entidades que brinden este servicio fuera de los términos legales queden sujetos a sanciones administrativas, civiles o criminales.
Transferencias telegráficas
Los países deberán adoptar medidas para requerir a las instituciones financieras inclusive los remitentes de dinero que incluyan información exacta y significativa respecto del originante (nombre, domicilio y número de cuenta) acerca de las transferencias de fondos y de los mensajes relacionados que se envían. La información deberá permanecer con las transferencia o el mensaje relacionado, a través de la cadena de pago. Los países deberán tomar medidas para asegurar que las instituciones financieras incluidos los remitentes de dinero realicen una inspección minuciosa y el consecuente monitoreo para detección de actividades sospechosas de aquellas transferencias de fondos que no contengan información completa sobre el originante (nombre, domicilio y número de cuenta)
Organizaciones sin fines de lucro
Los países deberán adecuar las
leyes y normas concernientes a las entidades, que puedan ser violadas para financiar el terrorismo. Las organizaciones sin fines de lucro son particularmente vulnerables; los países deberán asegurarse de que ellas no puedan ser utilizadas en forma impropia:
Por organizaciones terroristas disimuladas como entidades legítimas,
Para explotar entidades legítimas como vía de financiación terrorista o con el propósito de evadir medidas de congelación de bienes y
Para ocultar o disimular el desvío clandestino, a organizaciones terroristas, de fondos destinados a propósitos legítim
os.

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